La violencia de género en tiempos de pandemia
La violencia de género en tiempos de pandemia: un problema de salud global
Por MARTINA FERRETTO
Becaria del Instituto de Investigaciones Sociales de América Latina (FLACSO-CONICET), del Programa de Estudios de Cooperación e Integración Regional del Área de Estudios Latinoamericanos de la FLACSO Argentina.
Durante los primeros días del mes de abril, apenas comenzaba el confinamiento preventivo para mitigar los contagios de COVID-19 a nivel mundial, la directora de la Organización de Naciones Unidas para las Mujeres (ONU Mujeres) Phumzile Mlambo-Ngcuka, advertía que las cifras de la violencia física y sexual hacia niñas y mujeres era probable que crecieran, perjudicando en muchos aspectos la salud y bienestar integral de aquellas que debían mantenerse aisladas con su agresor. Denominó esta situación como “la otra pandemia” que, al contrario de ser nueva, se configura hace muchos años a las sombras de una cabal atención[1].
Años atrás, en 2013, un informe realizado en coordinación entre la Organización Mundial de la Salud, la Escuela de Higiene y Medicina Tropical de Londres y el Consejo Sudafricano de Investigaciones médicas, sistematizó por primera vez los datos que estiman a nivel mundial y regional los índices sobre estas dos formas explícitas de violencia contra las mujeres, la violencia física y sexual, que evidencia una proporción epidémica sobre la salud pública mundial[2] y en donde la región de América Latina y el Caribe registra uno de los índices más altos después de África. Cifras que, en lugar de decrecer, aumenta con el paso de los años y, en particular en el presente contexto, como se observa en posteriores relevamientos como es el Informe emitido por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo del año pasado (PNUD, 2019). Allí se afirma que la región de las Américas posee cifras alarmantes de violencias y desigualdades por razones de género, las cuales se profundizan frente a situaciones de emergencia como la que actualmente se está intentando atravesar.
Organismos internacionales y regionales de cooperación política para la paz y en defensa de los derechos humanos, como la ONU y la OEA y, las correspondientes oficinas y comisiones que elaboran recomendaciones y relevan datos sobre el tema, sostuvieron desde el comienzo del aislamiento, diversos espacios de concientización, intercambio y sistematización de información sobre el incremento de la violencia de género, con el objetivo de instar a los Estados nacionales a tomar medidas urgentes que incorporen la perspectiva de género en las planificaciones políticas que se dispongan para aplanar la curva de contagio. En la misma línea, organizaciones de la sociedad civil, especialmente de activistas feministas[3] y defensoras de derechos humanos han realizado declaraciones, denunciando la escasa o nula atención puesta sobre estos temas en las políticas domésticas adoptadas frente a la emergencia sanitaria. En este sentido, por consiguiente, sin la incorporación de un enfoque de género en las medidas que atiendan la actual crisis causada por el virus COVID-19, el problema de salud global de la violencia de género no sólo quedará irresuelto sino que se agudizará.
Al respecto, un caso llamativo en este contexto es el que organizaron las activistas turcas el pasado mes, que todavía está sin resolución concreta. Tendencia en las redes sociales a partir de la campaña #ChallengeAcepted para visibilizar la violencia de género, en particular contra las mujeres y el creciente número de víctimas de femicidio que los medios de comunicación de aquel país no difunden, ni se informan. La iniciativa buscó no sólo concientizar y sensibilizar a la población, sino además exigir que no se retroceda con la Convención de Estambul, cuyo marco de regulación es vital para las mujeres y niñas de Turquía. Dicho acuerdo fue presentado por el Consejo de Europa en 2011 para prevenir y luchar contra la violencia hacia las mujeres, y ratificado por Turquía,con vigor desde 2014, cuya situación con la Unión Europea se encuentra en proceso de adhesión, constituyendo una de las condiciones para ingresar al bloque, la internalización de la normativa comunitaria, al aparato doméstico de regulación. Sin embargo, durante estos meses, Turquía quiso retroceder en esta Convención sin necesariamente poner en riesgo su proceso de incorporación al bloque europeo. Esta cuestión presenta un interrogante central, sobre cuál será el costo para aquel país de retirarse de la ratificación de la Convención y si, acaso tendrá una sanción equivalente a la adecuación económica.
Al respecto, a nivel subregional, la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Deportes del Parlamento del Mercosur a principios del mes pasado, reconoció la normativa nacional argentina de capacitación y formación en perspectiva de género para todas las personas que desempeñen una función pública, conocida como “Ley Micaela”[4] como una interesante experiencia de aprendizajes recabados a tener en cuenta en términos de legislaciones nacionales para tal fin[5]. No obstante, a pesar de esta avanzada normativa local, perduran importantes brechas no sólo de implementación sino también de correlatividad en relación a otras legislaciones pendientes como es la legalización y despenalización del aborto[6]. Que en el actual contexto de pandemia carece de una visibilización, atención, accesibilidad y garantía necesaria para disminuir su vulneración.
En tal sentido, es relevante reflexionar sobre este grupo de derechos más vulnerados y postergados en términos regionales: los derechos sexuales, reproductivos y no reproductivos, en particular de mujeres, niñas y adolescentes que, -debido al aislamiento y las reconfiguraciones del sistema de salud a causa del COVID-19-, vieron más restringido el acceso tanto a métodos anticonceptivos, como a información confiable sobre salud sexual en contexto de aislamiento y, a abortos seguros en aquellos países donde poseen alguna legislación al respecto. En relación a estos derechos, la OMS y la oficina regional para América Latina y el Caribe en particular, estipularon que los servicios de salud sexual y reproductiva deben mantener su accesibilidad como servicios esenciales que no pueden dejar de garantizarse. Puesto que, de acuerdo a los aprendizajes adquiridos a partir de experiencias pasadas de pandemias, como el ébola, estimaciones de la Oficina Regional de América Latina y el Caribe del Fondo de Población de las Naciones Unidas, afirman que habrá un aumento del 200% de embarazos no intencionales y un 22% de mortalidad materna (UNFPA/LACRO, 2020).
Sin embargo, aún en la emergencia, estos derechos persisten en la umbría de la garantía, alimentando así el espiral de vulneración. Un caso representativo de esta afirmación es la situación que en las últimas semanas está sucediendo en Brasil. Una historia más de una niña de 10 años de edad, hostigada por acceder a su derecho a interrumpir su embarazo producto de una violación (artículo 128 del Decreto Ley 2.848 de 1940). Días después, el gobierno emitió una resolución en donde obligan al personal médico a notificarle a la policía cuando se solicita un aborto por causal violación, significando un retroceso enorme en materia de derechos. Frente a tal descuido, desde la sociedad civil se elaboraron distintos materiales de incidencia para contrarrestar e intentar revertir la situación, como es la Guía realizada por Amnistía Internacional junto a otras organizaciones para proteger los derechos de mujeres y niñas durante la pandemia[7]; o la declaración conjunta de las distintas organizaciones que componen y adhieren a la Campaña Regional 28 de Septiembre denunciando la emergencia de los derechos sexuales y reproductivos[8]
Por lo tanto, de acuerdo a los informes elevados de organismos mundiales que monitorean estas cuestiones y frente a las cifras y sucesos alarmantes que registra la región de América Latina y el Caribe, cabe dejar asentado un interrogante sobre si el contexto que trajo la pandemia a nivel mundial, acaso pretende configurarse como una excusa para los Estados nacionales que continúan dejando en la inopia a la otra pandemia o bien; será ésta, la oportunidad que evidencie las razones finalmente suficientes para atenderla.
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[1] Declaración disponible en https://www.unwomen.org/es/news/stories/2020/4/statement-ed-phumzile-violence-against-women-during-pandemic
[2]OMS (2013) Estimaciones mundiales y regionales de la violencia contra la mujer. Prevalencia y efectos de la violencia conyugal y de la violencia sexual no conyugal en la salud. Disponible en línea https://www.who.int/reproductivehealth/publications/violence/9789241564625/es/
[3] Articulación Feminista Marcosur
https://www.dw.com/es/cuarentena-por-coronavirus-dispara-violencia-contra-las-mujeres-en-am%C3%A9rica-latina/a-53261868 ; Red de Salud de las Mujeres Latinoamericanas y del Caribe https://reddesalud.org/es/vivas-y-sanas-nos-queremos-7-de-abril-dia-mundial-de-la-salud-2 ; entre otras.
[4] Ley Micaela 27.499/18 de capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres disponible en https://www.argentina.gob.ar/generos/ley-micaela
[5] Noticia de la La agencia PARLASUR (03/07/2020)
[6] En Argentina, la principal organización que lucha por este derecho desde hace 15 años es la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito que ha presentado por 8va vez consecutiva en 2019 un proyecto de ley de interrupción voluntaria del embarazo, que cuenta con estado parlamentario vigente a la espera de su tratamiento y aprobación. Más información disponible en http://www.abortolegal.com.ar/proyecto-de-ley-presentado-por-la-campana/
[7] Amnistía Internacional y otros, (2020) “Guía para proteger los derechos de mujeres y niñas durante la pandemia” disponible en https://amnistia.org.ar/wp-content/uploads/delightful-downloads/2020/04/AMR0121412020SPANISH.pdf
[8] Petición abril 2020 https://catolicasbolivia.org/destacado/peticion-de-la-campana-28-de-septiembre/