Migrantes, mujeres, trabajo y protección social

Migrantes, mujeres, trabajo y protección social: desafíos y oportunidades durante la pandemia

Por Marcia Simone Graf Rey, doctoranda del Programa de Estudios de Cooperación e Integración / ADELA de la FLACSO Argentina.

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Recientemente la Organización Internacional del Trabajo (OIT, 2020) señaló en un informe que “el Covid-19 provoca una inmensa pérdida de ingresos provenientes del trabajo en todo el mundo al tiempo que revela grandes disparidades en materia de incentivos fiscales que amenazan con aumentar la desigualdad”. Pese a las variaciones por región que se pueden advertir, el mismo documento indica que gran parte del problema reside en la aplicación de fuertes restricciones en el ámbito laboral, o debido al cierre total de establecimientos, salvo las actividades esenciales. Ahora bien, ¿cómo afecta esta situación a las mujeres y específicamente a las inmigrantes? y¿qué respuestas viene dando la región en materia de empleo y seguridad social?

La cuarentena decretada por el conjunto de los países de la región trajo múltiples desafíos, substancialmente duros para las mujeres y las migrantes, que no solo suelen trabajar en las áreas de servicios más golpeados, sino que además tradicionalmente han sido las principales encargadas de los hijos y la casa. En Argentina, las estadísticas oficiales manifiestan que las mujeres dedican casi el doble de horas que los hombres a los quehaceres domésticos y al cuidado de niños/as y de personas mayores. Además, muchas de las mujeres de clase media y alta que trabajan, suelen dejar el cuidado de sus hogares en manos de una empleada doméstica, una tarea que fue prohibida desde el inicio del confinamiento. Como resultado, una encuesta realizada por el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (Conicet) y la Universidad Nacional de Córdoba (UNC) encontró que la mayoría de las mujeres consultadas “sienten que son cuidadoras de tiempo completo” y están “mentalmente agotadas”. Este escenario agrava lo que usualmente denominamos “crisis de los cuidados” ya que la carga global de trabajo para las mujeres se ha ampliado. Esto es así puesto que las normas sociales de género atribuyen el rol del cuidado a las mujeres, lo cual perjudica su participación en el mercado laboral, provoca brecha salarial y limita su acceso al empleo de calidad. De acuerdo con la OIT, las mujeres se ocupan un 76,2% del total de horas al cuidado no remunerado (más del triple que los hombres), y también tienen doble o triple jornada laboral.

Por otra parte, fuera de los hogares, las mujeres también constituyen el significativo contingente que asume tareas en los siguientes ámbitos: sanidad, servicio doméstico, cuidado de menores, adultos/as mayores y de personas con discapacidad, una situación que conlleva impactos diferenciados sobre la salud y las expone a un mayor riesgo de contagio (OEA, 2020, p. 4). Otros datos que revelan la disparidad entre los sexos indican que el 51,84% de las mujeres en nuestra región están ocupadas en sectores de baja productividad, y de éstas 82,2% no están afiliadas o cotizando en un sistema de pensiones, por lo que el alto porcentaje de inserción en el sector informal contribuye a su situación de pobreza (CIM/OEA). En este marco las migrantes son las poblaciones más afectadas debido a la precariedad laboral, la falta de ingresos y la limitada protección social, que las ubica en un alto riesgo de perder sus medios de subsistencia, de contraer el virus y que no se respeten sus derechos humanos (OIM, 2020).

Por lo que concierne a América del Sur, las mujeres representan el 50,8% del total de las migraciones que por lo general emigran de sus países de origen por situaciones de pobreza, falta de empleo, violencia e inequidad de género. De modo que incluir el enfoque de género en la elaboración de toda política pública se torna primordial básicamente porque se trata de una estrategia que incluye tres elementos (1) el impacto diferencial que tienen o pueden tener las medidas que se adoptan para hombres y para mujeres; (2) opiniones, experiencias y preocupaciones de mujeres y hombres en los distintos momentos del ciclo de la política; y (3) beneficios para disminuir la brecha. No obstante, también resulta elemental que los tomadores de decisiones adopten una perspectiva de interseccionalidad para que las acciones futuras sean diferenciadas y tengan en cuenta las particularidades e identidades diversas de mujeres en especial situación de riesgo[1]. De hecho, algunos instrumentos jurídicos están incorporando este enfoque, como se puede apreciar en la Recomendación General Nº 28 de la Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) párrafo 18; yen particular el 26 cuando enuncia que “en la política se deberá establecer que las mujeres que se encuentren en la jurisdicción del Estado parte (incluidas las no ciudadanas, migrantes, refugiadas, solicitantes de asilo y apátridas) son las titulares de los derechos, poniendo énfasis en los grupos de mujeres más marginados y que pueden ser víctimas de varias formas de discriminación a la vez”.

Con todo, a pesar de que la pauta sanitaria ha sido una constante en la región, no ha sucedido lo mismo con la protección socio laboral. Casi la totalidad de países en América Latina dispuso la entrega de bonos o subsidios destinados a los sectores más vulnerables, pero éstos no siempre han tenido un impacto específico en las mujeres y menos aún en las migrantes. Entre otras cuestiones, Argentina, Bolivia, Chile, Costa Rica, Guatemala, Paraguay, Perú, República Dominicana y Uruguay decidieron prorrogar o eximir a la población en general del pago de los servicios públicos esenciales, como el agua o la electricidad. Asimismo, tanto Argentina como Costa Rica, República Dominicana y Uruguay, han aprobado sistemas de apoyo alimentario directo para sectores en situación de pobreza. También se destacan las políticas de resguardo del derecho a la vivienda con el congelamiento y la prolongación de los contratos de alquiler, o la suspensión de los desalojos. Sin embargo, estas medidas resultaron insuficientes, ya que por ejemplo en Argentina amplias comunidades de migrantes perdieron su empleo y no reciben protección social -como la Asignación Universal por Hijo (AUH) o el Ingreso familiar de Emergencia (IFE)-porque uno de los requisitos que dispuso el Decreto 310/2020 es que las personas puedan acreditar “una residencia legal en el país no inferior a 2 años”, lo cual excluye a los migrantes que arribaron en un periodo menor.

Vinculado a lo anterior, la Comisión Argentina para Refugiados y Migrantes (CAREF), manifiesta que “las personas migrantes acceden en muchos casos a trabajos informales, precarizados y mal pagos”, como ocurre con las tareas de cuidado y de limpieza, sectores que están frenados hace meses. De modo que este empobrecimiento dado por la interrupción de las actividades laborales expone a las y los inmigrantes a mayores riesgos de desalojos. De todas las consultas que ha recibido CAREF en este periodo, un 58% corresponden a mujeres, y del total los venezolanos lideran la lista representando un 80% (CAREF, 2020)[2]. Y aunque una gran parte del gasto del gobierno nacional se destina a servicios sociales, persisten problemas para abarcar a los migrantes. Por lo tanto, a fin de continuar con el proceso evolutivo en materia migratoria, es preciso diseñar políticas específicas que contribuyan a la integración socioeconómica de las y los inmigrantes, de forma tal que la protección de sus derechos se haga efectiva. Tanto a nivel global como la región -amén de atravesar profundos desafíos y complejidades- tienen una excelente coyuntura para realizar nuevos acuerdos y adoptar otras miradas para avanzar con paradigmas igualitarios. Desde el plano internacional, entre los Objetivos de Desarrollo Sostenible fijados en el año 2015 por las Naciones Unidas para la Agenda 2030, se registra una fuerte presencia de acciones dirigidas a empoderar a las mujeres sobre todo porque, más allá de los avances obtenidos a nivel mundial en los últimos años con relación a la igualdad entre los géneros, mujeres y niñas continúan sufriendo discriminación y violencia en todas partes. En este aspecto, la inclusión del género es muy importante porque implica redistribuir oportunidades y disminuir desigualdades.

Por último, resta decir que si bien hemos podido sortear a nivel continental temas relacionados con la libre circulación de las personas[3], relajando las restricciones en las leyes migratorias y prosperando en la coordinación a través de bloques como el Mercosur, la Unasur, la Can y en la CSM, aún hay espacio para mejorar la integración de las migraciones, y sobre todo de las mujeres en el ámbito socio laboral para construir sociedades más equitativas. Las últimas proyecciones de la CEPAL exhiben que al final de la actual crisis sanitaria los niveles de pobreza se exacerbarán en cada país, y también lo harán las desigualdades e inequidades socioeconómicas y de género si no se abordan adecuadamente. Por ende, necesitamos avanzar en la consolidación de paradigmas de políticas que estén basadas tanto en el reconocimiento de la igualdad de género como en las obligaciones estatales de respetar, proteger y de cumplir y hacer cumplir los derechos humanos, así como lo establecen los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). En este sentido, un reciente informe de la Organización de Naciones Unidas destacó a la Argentina en primer lugar entre 25 países del mundo por adoptar medidas para proteger a las mujeres de manera integral durante la pandemia; y el país ahora tiene una nueva oportunidad ya que acaba de asumir la presidencia pro témpore del foro de la Conferencia Suramericana sobre Migraciones (CSM) en el marco de la XIV Reunión Intersesional realizada bajo modalidad virtual, donde elevó la propuesta de impulsar proyectos que puedan integrar a todos los actores de la región, promoviendo la participación de las organizaciones de la sociedad civil en un proceso inclusivo que garantice los derechos de los migrantes.

 

Referencias

Beldyk, M. (2020). Refugiados en Argentina: se dispararon sus pedidos de ayuda social por la pandemia. Perfil. Disponible en: https://www.perfil.com/amp/noticias/actualidad/refugiados-pandemia-crecio-10-veces-pedidos-de-ayuda-social-en-argentina.phtml?__twitter_impression=true

Comisión argentina para Refugiados y Migrantes (2020). Alimentación y acceso a Programas y Seguridad Social: la principal preocupación de la población migrante y refugiada durante el ASPO. Disponible en: https://ov.pemsv28.net/caref/caref_bulk_140/cshtgs_a31695

OEA (2020). Guía práctica de respuestas inclusivas y con enfoque de derechos ante el COVID-19 en las Américas. Disponible en: http://www.oas.org/es/sadye/publicaciones/GUIA_SPA.pdf (capítulo personas migrantes)

OIM (2020). COVID-19: Desafíos para América del Sur. Mujeres migrantes en el contexto de la pandemia. Disponible en: https://oig.cepal.org/sites/default/files/n-11-mujeres_migrantes_en_el_contexto_de_la_pandemia.pdf

OIM (2020). Reporte de las Migraciones en el Mundo. Disponible en: https://publications.iom.int/system/files/pdf/wmr_2020.pdf

OIT (2020). La COVID-19 provoca una inmensa pérdida de ingresos provenientes del trabajo en todo el mundo. Disponible en: https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/—dgreports/—dcomm/documents/briefingnote/wcms_755917.pdf

ONU Mujeres (2020). En la mira: La igualdad de género importa en la respuesta frente al COVID-19. Disponible en: https://www.unwomen.org/es/news/in-focus/in-focus-gender-equality-in-covid-19-response

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[1] Informe Comisión Interamericana de Mujeres, (CIM/OEA 2020).

[2] Los registros de Naciones Unidas de abril de este año muestran que en Argentina hay 173.343 migrantes provenientes de Venezuela junto a otros 443 apátridas -carentes de nacionalidad- y 8.044 solicitantes de refugio, mientras que el número total de personas consideradas como parte de la población de interés por su condición de fragilidad alcanza los 185.702. Por su parte, la población total llega a unos 44 millones, con una tasa de densidad baja de 16 habitantes por km2, concentrados en el Gran Buenos Aires -un 30% del total- y alrededor del 92% ubicado en restantes zonas urbanas.

[3] Este principio de libre circulación o libertad de movimiento es un derecho consagrado en el articulo 13 de la Declaración de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas de 1948.